Las jubilaciones comenzarán a actualizarse por inflación en julio

El Gobierno oficializó la modificación a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial. El ministro de Economía, Luis Caputo, adelantó que los beneficiarios que perciben la mínima cobrarán 172.000 pesos, más el bono complementario

El nuevo mecanismo para actualizar las jubilaciones estará ligado directamente al Índice de Precios al Consumidor
El nuevo mecanismo para actualizar las jubilaciones estará ligado directamente al Índice de Precios al Consumidor

Trabada la posibilidad de llegar a buen puerto en el Congreso, el Gobierno Nacional decidió por decreto establecer la nueva fórmula de movilidad jubilatoria que impactará en los haberes recién a partir de julio. Para abril, mientras tanto, se aplicará un ajuste del 12,5% decidido por el Gobierno, más adelantos todavía no precisados de la movilidad correspondiente a junio que llevarán la mínima a 172.000 más el bono, lo que hará que nadie cobre menos de 204.445 pesos.

Tal como habían adelantado desde Casa Rosada, la actualización estará basada en el Índice de Precios al Consumidor. Pero la publicación sorprendió al contradecir un comunicado oficial del viernes último. Al final, el ajuste por inflación llegará recién en el mes de julio. Mientras tanto, habrá un esquema de transición.

Esto va en contra de lo publicado por la Oficina del Presidente de la República que aseguraba, el 22 de marzo, que “desde el mes de abril los jubilados argentinos cobrarán con aumentos mensuales de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor”.

Por el efecto del bono de $70.000, la mínima en abril volverá a ser de $204.445

Cuáles serán el aumento de mayo y junio

La norma, por otra parte, establece además mecanismos de aumento similares en mayo y junio.

“En mayo de 2024, un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 según la redacción establecida en el artículo 1° del presente”, establece el texto.

“En junio de 2024, un incremento, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 según la redacción establecida en el artículo 1° del presente”, agrega.

https://drive.google.com/file/d/1PQ4diftPs_7KQ580mstcGj3sejHOYEWM/preview

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