A cinco años de la condena a Nahir

Hay una condena, un planteo legal que podría cambiar todo y un final que parece abierto para la joven condenada hace cinco años por el crimen de su novio.
1-Nahir Galarza planeó todo fríamente, es una asesina psicópata: sabe lo que hace pero no siente culpa. El 29 de diciembre de 2017, en Gualeguaychú, mató a traición a su novio, Fernando Pastorizzo (20).

2-Nahir le pegó dos tiros a Fernando, acorralada por su maltrato físico y psicológico. La acosaba, le pegaba. Ella fue víctima de violencia de género.

Cada una de las caras de Nahir Galarza (24) jugó su papel en uno de los crímenes que más atraparon (y atrapan) a la sociedad argentina. Un homicidio que ha empujado la producción de libros varios, y al menos una miniserie, una película y hasta un rap, del que hoy sobrevive solo la letra porque fue levantado de la web.

Volviendo a Nahir, cada versión de la joven entrerriana se sustentó -con mayor o menor seriedad- en una pericia psicológica y un planteo legal. Y cada una corrió su propia suerte, aunque el final aún está abierto.

Fernando Pastorizzo.

El trámite en la Corte

Asesina, víctima o loca, cada versión de Nahir trata imponer su peso en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la última instancia que le queda a la mujer más joven condenada a «prisión perpetua» para revertir el fallo que la mandó derecho a los anales de la historia policial argentina.
Los rumores de lo que está pasando en la Corte son muchos. Pero predomina uno: que los jueces estarían a punto de decidir si Galarza merece un nuevo juicio, abriendo incluso la posibilidad de investigar a su padre.

Sin embargo, al menos de momento, la realidad parece ser bastante distinta al rumor: Luego de girar por las vocalías de la Corte Suprema de Justicia durante casi dos años, el recurso de queja de la defensa de Nahir se encuentra actualmente en el área de Dictámenes Penales de la Procuración General de la Nación. Y ahí tiene -confiaron fuentes consultadas por Clarín– hasta por lo menos la primavera.

Nahir Galarza en 2018.

El trámite

La Corte recibió el recurso el 29 de octubre de 2020. Y lo giró a Procuración en noviembre de 2022. Dicen los que saben que, por sí o por no, el dictamen de Casal no es inminente. Y ojo, esta opinión -aunque no tiene carácter de vinculante- puede ser incluso de que ni siquiera se abra la queja.
En el recurso extraordinario quien figura como «defensor técnico» es José Ostolaza -un histórico en el equipo legal de Galarza- pero también lleva la firma de Raquel Hermida Leyenda.
Esta abogada feminista es la que sostiene la hipótesis de más alto impacto. Asumió como co-defensora el 21 de julio de 2020 y fue despedida el 7 de noviembre de 2022.

Pericia de esquizofrenia

Sin embargo, ella, dice que no recibió ninguna notificación de su desvinculación, por lo que continuó aportando documentación a la queja, como, por ejemplo, la pericia que dice que Nahir es esquizofrénica.
Los defensores alegaron en el recurso de queja arbitrariedad la hora de evaluar la prueba y que no se tuvieron en cuenta pactos internacionales sobre violencia de género. El recurso llega a la Corte Suprema «en queja» porque el Supremo Tribunal de Justicia de Entre Ríos no consideró pertinente la apelación.

Nahir Galarza y la abogada Raquel Hermida Leyenda, las dos arriba en la imagen de un Zoom. Foto: (Clarín).

Contrapuestas a las oficiales

Esas 38 hojas de la defensa buscan cambiar el rumbo de un caso que parece cerrado. En ellas se despliegan argumentos varios -hay nueve puntos para sostener hechos de violencia de género- pero de allí a que el Procurador o los miembros de la Corte coincidan con los defensores hay un trecho.

Y otro detalle importante: aunque las últimas pericias psiquiátricas hechas a Nahir después del juicio, y de forma particular, indicaron que sufría un cuadro de esquizofrenia (eso bajo la teoría de que el homicida fue su padre), lo cierto es que tienen un valor relativo, se contraponen con las oficiales y llegaron al expediente con la queja ya presentada, con lo cual perfectamente pueden no ser tomadas en cuenta.

Centrado en la violencia de género

Para que se entienda. Si es que la Corte abre la queja y revisa el fondo de la cuestión, seguramente lo haga ciñéndose a los argumentos de las 38 páginas presentadas por la defensa en octubre de 2020 luego de que la Cámara de Casación de Concordia y el Supremo Tribunal de Entre Ríos confirmaran la prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo.

Este escrito no habla de una supuesta “Nahir loca”, ni de un padre asesino ni de un abuso de niña. La defensa en la queja apunta todos sus cañones a la violencia de género por dos vías: diciendo que el tribunal fue arbitrario al admitir o evaluar prueba y, segundo, que el fallo vulnera tratados internacionales de orden constitucional sobre la violencia machista, de ahí el carácter «federal» del recurso extraordinario.

En esa cancha, es en la que Nahir se va a jugar el partido en la Corte, un partido que los abogados querellantes Rubén Maria Virué y Juan Carlos Peragallo siguen de cerca. Lo demás puede tenerse en cuenta, pero parece más pirotecnia que otra cosa. Y el hecho de que la teoría del abuso sexual y el padre asesino sea sostenida por una abogada que fue apartada de la defensa, tampoco ayuda a imponer esta supuesta «Nahir inimputable».

1-Nahir asesina

«Que el día 29 de diciembre del año 2017, en un horario indeterminado pero antes de las 05:18 hs, al encontrarse circulando en el ciclomotor marca brava color gris Dominio 542 JKF, el cual era conducido por el Sr. Pastorizzo Fernando Gabriel, siendo su acompañante en la parte trasera Nahir Galarza, es cuando al llegar Calle General Paz alrededor del Numeral 515 de esta ciudad, la encartada procede a extraer de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola calibre 9 mm y dispararle contra la humanidad de su pareja con quien ha mantenido una relación por más de 4 años no conviviente, más concretamente desde la espalda, generando con este accionar que la víctima caiga al piso y en esta posición y de frente la encartada le efectúe un segundo disparo contra el mismo, denotando con dicho accionar claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo, porque dichas balas, conforme informe autópsico preliminar, tuvieron orificio de entrada y salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después de los disparos mortales”.

Pura y dura, esta es la acusación textual sacada de la sentencia por la que Nahir fue condenada en julio de 2018 a la pena de prisión perpetua por el delito de «homicidio calificado por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja».
Chats con Fernando, testigos, pericias balísticas, cámaras de vigilancia, todos estos elementos resultaron decisivos en su sentencia.

Nahir primero intentó despegarse del homicidio sosteniendo que no estaba con Fernando, luego lo admitió e incluso dijo que lo había matado. Finalmente, en el juicio sostuvo que había sido un accidente.
Los jueces no le creyeron y parte importante de su evaluación tuvo que ver con la pericia psiquiátrica cuyo informe fue entregado por el doctor Simón Ghiglione el 27 de febrero de 2018 y ratificado por él en el juicio oral: Nahir sabe diferenciar entre el bien y el mal, lo legal y lo ilegal.

La pareja.

«Acorde al examen médico psiquiátrico realizado a la sujeto de autos y al análisis del material de interés médico legal obrante en autos, no se evidencia insuficiencia de las facultades mentales, ni alteraciones morbosas de las mismas ni alteraciones de la conciencia que le hayan impedido valorar sus actos o influir en su libertad de autodeterminación al momento de los hechos», dice la pericia que se basó en tres entrevistas realizadas el 6, 7 y 9 de febrero de 2018.

«No se evidenció sintomatología compatible con estrés postraumático (no se observa la presencia de síntomas de reexperimentación del trauma, no presentó síntomas de evitación del trauma, no refiere síntomas de hiperactivación autonómica, la sintomatología referida -angustia- no provoca un malestar clínicamente significativo ni deterioro social laboral o de otras áreas vitales de la sujeto de autos)», agregó el perito bajándole el pulgar a la hipótesis de que la acusada había sido objeto de violencia de género.
La pericia, aunque bastante básica en los puntos requeridos (como lo reconoce el propio Ghiglione), habla de la Nahir de la Justicia, la Nahir asesina y dispara contra las otras dos Nahir planteadas el caso.

Nahir Galarza, entrevistada en la cárcel.

2-Nahir víctima de violencia de género

Esta es la base de sustentación de la queja ante la Corte Suprema de la Nación. Para la defensa de Nahir, está claro que la joven sufrió violencia física y psicológica por parte de Fernando Pastorizzo y que actuó en ese contexto.
El planteo -bastante contradictorio, con la línea sostenida por la propia Nahir en el juicio oral de que todo fue un accidente- se basa para la defensa en nueve puntos, que señalan así en el escrito a la Corte:

1-El tribunal oral de Entre Ríos dio por probadas lesiones en el cuerpo de Nahir constatadas por informes forenses.

2-Pese a esto, no las consideró como provocadas por Fernando Pastorizzo.

3-Uno de los médicos sostuvo que Nahir tenía golpes en los brazos de larga data pero que no lo consignó porque ella le dijo que no se acordaba cómo se los había hecho.

4-En la historia clínica del Sanatorio Puigari constan lesiones previas al crimen.

5-Nahir relata que Fernando la tomó por los pelos y la arrastró 20 metros por el cordón de la vereda. Según la defensa, estas características son compatibles con las reseñadas por el médico forense.

6-Cada vez que Nahir lo bloqueaba, Fernando la llamaba cientos de veces en pocos minutos.

7-Fernando enviaba mensajes de texto «agresivos», «denigrantes», «controladores» y violentos mensajes de audio de WhatsApp que fueron reproducidos en el juicio oral.

8-Existe una carta fechada en septiembre de 2016 en la que Pastorizzo, según la defensa, le pide perdón a Nahir por ser violento y le ruega que lo perdone, que le dé otra oportunidad.

9-Hay un mensaje de texto del 25 de diciembre de 2017 en la que Nahir le dice a su amiga Sol Martínez que Fernando fue a su casa y la golpeó. Esto se relaciona con un episodio en el que Martínez supuestamente golpeó a Pastorizzo al enterarse que maltrataba a Nahir.

El petitorio de un nuevo juicio para Nahir Galarza que presentó la abogada Raquel Hermida Leyenda.

Quieren nuevo juicio

Por todo esto -que los abogados de Nahir dan por probado-, la defensa sostiene que la joven debe ser juzgada nuevamente porque nunca se la consideró víctima de violencia de género.
Lo curioso es que la queja que no hace referencia a la licenciada Alicia Paday, perito de parte, quien declaró profusamente en el juicio sobre la personalidad de Nahir y su condición de víctima.

“Nahir tiene tendencia al masoquismo, a autoaniquilarse. Busca su perfección, se muestra siempre pulcra, bien arreglada. Refleja desconfianza en el otro. Susceptible a recibir violencia, su frialdad demuestra su incapacidad aprendida de demostrar emociones. Sin decirlo, lo que se interpreta que quiere expresar es ‘no quiero sufrir más’”, dijo la licenciada.
Paday terminó reconociendo que solo se había entrevistado 45 minutos con Nahir y su testimonio fue duramente criticado por el Tribunal Oral, que pidió que fuera investigada por posible falso testimonio, aunque la causa contra ella nunca avanzó.

El papá de Nahir Galarza.

A la espera

Mientras la Corte espera el dictamen del Procurador Eduardo Casal, Nahir no baja el perfil. En los últimos años fue noticia una y otra vez: cambió abogados, hizo los trámites para sacarse el apellido de su papá (al que acusó de asesino), dio una entrevista diciendo que escucha voces y firmó contratos por la exclusividad de su historia.

Cuentan que vuelve locos a los penitenciarios de la Unidad Penal de Mujeres N° 6 de Paraná. Si la Corte no interviene a su favor, recién estaría en condiciones de pedir su libertad condicional a los 54 años. Mucho, mucho tiempo. Dicen algunos que tal vez sea demasiado tiempo como para que el máximo tribunal de país decida dejarlo así. Fuente: (Clarín)

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