El abogado querellante valoró la condena a 12 años de prisión efectiva por tentativa de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, en un caso ocurrido en Laguna Paiva. La Fiscalía había solicitado 14 años y desde la acusación sostuvieron que, de haberse realizado el juicio oral, la pena podría haber sido incluso mayor.
La Justicia de Santa Fe homologó un procedimiento abreviado mediante el cual Walter Deolindo Font (58) fue condenado por el ataque cometido el 19 de agosto de 2024 contra su pareja, en un hecho que fue encuadrado como tentativa de homicidio calificado por el vínculo y por violencia de género.
El acuerdo se cerró pocos días antes de la audiencia preliminar —instancia previa al debate oral— luego de que el imputado reconociera formalmente los hechos atribuidos por el Ministerio Público de la Acusación y la querella.
“Se hizo justicia”
Tras conocerse la resolución, el abogado querellante Ezequiel Torres remarcó la trascendencia del fallo tanto para la víctima como a nivel institucional.
“Había un pedido de pena de 14 años y a poco de llegar a la audiencia preliminar el imputado reconoció los hechos y firmó la pena de 12 años, que es una pena sumamente alta.”
El letrado explicó que la admisión de responsabilidad consolidó la solidez de la acusación y eliminó cualquier margen de discusión sobre la calificación jurídica.
“Al reconocer los hechos no dejó margen de duda desde el primer momento de que lo que se había investigado con esta calificación legal de tentativa de homicidio en este contexto de violencia de género había quedado acreditado.”
Torres sostuvo además que el acuerdo no implicó una concesión que debilitara la respuesta penal.
“En un juicio público iba a ser esta pena o más la que la querella y la Fiscalía iban a obtener como condena.”
Y enfatizó el carácter ejemplificador de la sentencia:
“Es una pena ejemplificadora que marca un precedente importantísimo en la provincia de Santa Fe para que estos hechos sean reprimidos con penas elevadas.”
La mecánica del ataque

De acuerdo con la investigación judicial, el episodio se produjo en el interior de una camioneta tras una discusión de pareja. Según la reconstrucción realizada durante la etapa penal preparatoria, el acusado golpeó a la víctima y la sujetó del cuello y del cabello para impedir que descendiera del vehículo.
Cuando la mujer logró abrir la puerta en un intento desesperado de escapar, el conductor aceleró de manera brusca, lo que provocó su caída al asfalto. En esa maniobra, una de las ruedas del rodado pasó por encima de uno de sus pies antes de que el agresor huyera del lugar.
La gravedad del hecho, sumada al vínculo entre víctima y agresor y al contexto de violencia de género, llevó a que la causa fuera encuadrada como tentativa de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, una de las figuras más severas previstas en el Código Penal cuando el resultado muerte no llega a consumarse pero el riesgo letal es concreto.
Procedimiento abreviado y alcance de la condena
El procedimiento abreviado es un mecanismo procesal que permite evitar el juicio oral cuando el imputado reconoce los hechos y acepta la pena acordada entre las partes, bajo control judicial.
En este caso, la Fiscalía había solicitado una condena de 14 años de prisión. Finalmente, el tribunal homologó la pena de 12 años de prisión efectiva, que desde la querella calificaron como “sumamente alta” dentro de este tipo de delitos.
Para la representación de la víctima, la resolución aporta previsibilidad institucional y envía un mensaje claro frente a hechos de violencia extrema.
“También deja muy tranquila a nuestra clienta de que en definitiva se hizo justicia”, expresó Torres.
Impacto institucional
El fallo tuvo repercusión en distintas localidades del territorio provincial e incluso trascendió a nivel nacional por el monto de la pena impuesta en una causa de tentativa de homicidio agravado por violencia de género.
Desde la querella remarcaron que este tipo de resoluciones fortalecen la respuesta judicial frente a agresiones en contextos de desigualdad estructural y refuerzan la protección de las mujeres ante situaciones de riesgo letal.
La víctima continúa bajo tratamiento psicológico como consecuencia del ataque.





