En medio del debate por la reforma laboral en el Senado, el oficialismo incorporó un artículo que modifica el régimen de licencias por enfermedad o lesión y reduce el porcentaje del salario que percibiría el trabajador en determinados casos.
La modificación fue anunciada en el recinto por el senador de La Libertad Avanza por Chaco, Juan Cruz Godoy, quien explicó que el nuevo esquema distingue entre enfermedades o lesiones derivadas de actividades “voluntarias” y aquellas consideradas “no voluntarias”.
Hasta ahora, la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que el trabajador debe percibir el 100% de su salario durante el período de licencia por enfermedad o accidente inculpable.
50% o 75% del salario
Según detalló Godoy, si un trabajador se enferma o lesiona fuera del ámbito laboral realizando una actividad voluntaria que implique riesgo para su salud, el empleador estaría obligado a abonar solo el 50% del salario mientras dure la licencia.
En el caso de enfermedades o lesiones que no estén vinculadas a actividades voluntarias riesgosas —las que el senador definió como “no voluntarias”— el trabajador percibiría el 75% del sueldo.
“Si el trabajador se lesiona jugando al handball, el empleador tiene que afrontar el costo del lesionado y el de uno nuevo. En este caso se entiende que la responsabilidad es compartida y que el empleado también tiene responsabilidad sobre esa lesión”, ejemplificó el legislador durante su intervención.
El proyecto establece que el pago reducido se aplicaría por un período de tres meses si el trabajador no tiene personas a cargo y de seis meses si las tiene. Esos plazos se duplicarían en caso de contar con más de cinco años de antigüedad, aunque todavía no quedó claro si la redacción final mantiene ese criterio en todos sus términos.
Qué dice la ley vigente
La Ley de Contrato de Trabajo actualmente dispone que, ante una enfermedad o accidente inculpable, el trabajador tiene derecho a percibir el salario completo. Además, ese ingreso debe actualizarse conforme a los aumentos que correspondan por convenio colectivo o paritarias.
El beneficio rige por tres meses si el trabajador tiene hasta cinco años de antigüedad y por seis meses si supera ese período. En ambos casos, los plazos se duplican cuando existen cargas de familia.
La incorporación del nuevo artículo generó cuestionamientos en la oposición y en sectores sindicales, que sostienen que el cambio implica una transferencia de riesgos hacia el trabajador y una reducción de derechos adquiridos.
El proyecto continúa en debate en el Senado, en una jornada marcada por protestas en las inmediaciones del Congreso.




