Adoptar medidas para garantizar la igualdad

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) recomendaciones sobre mujeres que estén embarazadas o sean madres y se encuentren privadas de la libertad en Argentina. La intervención del Comité tuvo lugar el martes, en el marco de la solicitud de Opinión Consultiva sobre Enfoques Diferenciados en materia de Personas Privadas de la Libertad y de una audiencia pública solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

 

En base a las visitas de inspección realizadas, el CNPT considera que debe prevalecer el interés superior de las personas menores de edad sobre el interés social de mantener privada de la libertad a su madre en un centro penitenciario, razón por la cual los Estados deberían priorizar la convivencia y el desarrollo del vínculo materno-filial fuera de los centros penitenciarios. Cuando excepcionalmente resulte inviable, los Estados deben contar con soluciones que garanticen entornos sanos y de características similares a las que se encuentran fuera de los centros penitenciarios. En consecuencia, considera el Comité, debe haber regulaciones que permitan acceder a la privación de libertad en su modalidad domiciliaria.

 

En representación del CNPT ante la Corte IDH, la comisionada María Laura Leguizamón destacó “el firme compromiso del órgano” que integra en realizar “todas y cada una de las acciones que sean necesarias para la defensa irrestricta de los derechos de las personas privadas de la libertad en la República Argentina, con especial cuidado de los grupos vulnerables que requieran enfoques diferenciados”.

 

A continuación, el coordinador del área de Litigio, Asuntos Legales y Acceso a la Información Pública del CNPT, Gonzalo Evangelista, identificó entre los aspectos centrales de las observaciones realizadas por el Comité, la necesidad de adoptar medidas para garantizar la igualdad, la importancia del desarrollo de estándares de aplicación efectiva, y una serie de recomendaciones específicas sobre madres privadas de libertad. Entre las herramientas que posibilitarían acceder a esas prácticas, mencionó los protocolos o guías de actuación (para su conocimiento, seguimiento y supervisión); la capacitación del personal que luego los aplica; y el fortalecimiento del control por parte de la autoridad competente.

 

Luego, el coordinador del área de Litigio hizo mención a las propuestas vinculadas a la regulación de madres privadas de libertad. Recordó que, en su solicitud, la CIDH había advertido la falta de estándares jurisprudenciales sobre niñas y niños que viven en centros de detención con sus madres, y señaló que el documento presentado por el CNPT cuenta con propuestas concretas.

 

Por un lado, dijo, es necesario que el Tribunal inste a los Estados a seguir un modelo amplio para asegurar circunstancias mínimas relativas al proceso o a la ejecución de la pena, con medidas menos gravosas o mediante sistemas electrónicos. También debería garantizarse sin demoras ni obstáculos el acceso a alternativas como la modalidad domiciliaria. Finalmente, el coordinador del área de Litigio expresó que el CNPT estima conveniente que la Corte IDH solicite a los Estados garantizar efectivamente, no sólo el derecho a ser oídas de las niñas y niños cuyos derechos puedan verse afectados, sino además la participación del organismo especializado que tenga por función su representación de manera independiente; el acceso expedito a autorizaciones para que la madre pueda realizar actividades cotidianas esenciales fuera del domicilio; y que omitan las referencias a limites etarios arbitrarios.

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