El oficialismo logró aprobar en Diputados la reforma laboral y reenviarla al Senado con un único cambio sustancial: la eliminación del artículo 44, que modificaba el régimen de licencias médicas. El resto del articulado —que introduce profundas modificaciones en el régimen laboral vigente— se mantiene sin alteraciones y ya obtuvo dictamen para ser tratado en el recinto.
La intención del bloque de La Libertad Avanza es sancionar definitivamente la ley el viernes 27, dos días antes de que el presidente Javier Milei inaugure el período de sesiones ordinarias del Congreso.
El único cambio: licencias médicas
El artículo 44 establecía que durante una licencia por enfermedad el salario podía reducirse al 50% o al 75%, según el grado de responsabilidad del trabajador en la dolencia. Tras las críticas, el oficialismo aceptó su eliminación.
Sin embargo, el resto de los cambios estructurales permanece intacto.
Punto por punto: los principales cambios
Fin del pago tradicional de horas extras
El proyecto crea un “Banco de Horas”, mediante el cual empleador y trabajador podrán compensar horas trabajadas y descansos sin que ello implique el pago de un plus salarial por tiempo extra. Las horas adicionales dejarán de liquidarse automáticamente como extras y pasarán a un esquema de compensación.
Vacaciones: mayor poder del empleador
Si bien se mantienen las vacaciones pagas, el empleador será quien determine el período de descanso dentro de una ventana que va de octubre a abril.
Los tramos no podrán ser menores a siete días y, al menos una vez cada tres años, deberán otorgarse en verano. Se elimina así la posibilidad de que el trabajador elija libremente el momento para tomarlas.
Indemnizaciones más bajas
La base de cálculo para indemnizaciones excluirá horas extras, adicionales y gratificaciones extraordinarias. Además, el monto no podrá superar el 67% del valor fijado en el convenio colectivo.
En caso de despido sin causa, la indemnización será de un mes de sueldo por cada año trabajado, tomando como referencia el mejor salario del último período. El proyecto también habilita que las empresas definan cómo distribuir la indemnización en caso de fallecimiento del trabajador.
Certificados médicos bajo revisión empresarial
Aunque se retiró la modificación sobre licencias, se habilita la validez de certificados digitales y se faculta al empleador a verificar diagnósticos, aceptar o rechazar altas médicas y decidir sobre ausencias por enfermedad. En caso de desacuerdo, podrá aplicar sanciones o extinguir el vínculo laboral.
Salario en dinero o en especie
El texto permite que parte del salario pueda pagarse en especie, además de moneda nacional o extranjera. Esto abre la puerta a compensaciones con bienes o servicios, como alimentos o alojamiento, modalidad que había quedado prácticamente en desuso en el régimen laboral moderno.
Restricciones a la actividad sindical
La reforma redefine infracciones sindicales y amplía la posibilidad de judicialización de protestas.
- Las asambleas en horario laboral requerirán autorización del empleador.
- Los delegados tendrán hasta 10 horas mensuales pagas para tareas sindicales.
- Se tipifican como “infracciones muy graves” los bloqueos de establecimientos.
- En servicios esenciales se deberá garantizar una prestación mínima del 75% y en los denominados “trascendentales”, del 50%.
Descentralización de convenios colectivos
Se habilita la negociación por empresa con condiciones que podrían ubicarse por debajo del convenio colectivo de la actividad. Esto implica un cambio estructural en la negociación colectiva, que hasta ahora fijaba pisos mínimos por rama.
Derogación de estatutos profesionales
En un plazo de 180 días se eliminarán estatutos especiales, entre ellos el Estatuto del Periodista, que regula condiciones específicas de la actividad de prensa.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
El proyecto crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a financiar indemnizaciones. El esquema contempla un aporte del 3% de la remuneración. Parte del financiamiento provendría de recursos del sistema previsional, lo que generó fuertes cuestionamientos desde la oposición.
Cambios en la Justicia laboral
La iniciativa transfiere competencias laborales a la Ciudad de Buenos Aires, actualmente bajo la órbita de la Justicia Nacional del Trabajo. También modifica el régimen de pago de sentencias:
- Las pymes podrán abonarlas en 12 cuotas.
- Las grandes empresas, en seis cuotas.
- Se aplicará una tasa de interés anual del 3% ajustada por IPC del INDEC.
Empleo doméstico y trabajo agrario
El período de prueba para trabajadoras de casas particulares se extenderá a seis meses.
En el régimen agrario se crea un contrato con período de prueba de ocho meses, durante el cual el trabajador podrá ser despedido sin causa y sin derecho a indemnización.
Próxima instancia
Con dictamen favorable en el Senado, el proyecto quedó a un paso de su sanción definitiva. El oficialismo busca convertir la reforma en ley antes del inicio formal de las sesiones ordinarias, en un clima político marcado por fuertes críticas sindicales y advertencias de judicialización.





